CO2. Los derechos de emisión
23 de noviembre de 2020Desde este año 2021, las empresas obligadas a permanecer en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de CO2 ha cambiado debido a que ha aumentado el límite de emisiones de CO2 que una instalación ha de tener para estar obligada a permanecer en el régimen de comercio de derechos de emisión (> 25.000 toneladas CO2 / año).
Según el nuevo Régimen de Comercio de derechos de Emisiones de CO2 existen 3 tipos de instalaciones:
- Instalaciones con emisiones CO2 > 25.000 TM/año, obligadas a permanecer en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión.
- Instalaciones con emisiones CO2 >= 2.500 y < 25.000 TM/año, no están obligadas, pero para salir del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión en el periodo 2021-2025 debieron tramitar su solicitud de exclusión antes del 28/02/2019 (si no lo hicieron, están incluidas).
- Instalaciones con emisiones CO2 < 2.500 TM/año, su salida del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión se ha realizado de manera automática.
ASESORAMIENTO EN LA GESTION EFICIENTE DE LOS RECURSOS ENERGÉTICOS
Tanto para clientes obligados a permanecer en el Regimen de Comercio de Derechos de Emisión como, no obligados pero si interesados, en la gestión y cálculo de su huella de carbono disponemos de un servicio de asesoramiento que permiten una gestión eficiente de los recursos energéticos.
ASESORAMIENTO EN EL MERCADO DE DERECHOS DE EMISIÓN
Nuestro asesoramiento en el ámbito del mercado de derechos de emisión consta de:
Seguimiento del mercado spot y de futuros, además del seguimiento de emisiones realizadas por cada cliente, sus derechos asignados y conveniencia de compra/venta según el momento del mercado y sus necesidades.
Cálculo y registro de la huella de carbono: el departamento de sistemas va a implantar la calculadora con los diferentes alcances, una vez conocido el dato se puede registrar en el Ministerio para obtener el sello de reconocimiento de gestión del CO2, muy valorado para potenciar la RSC.
Instrumentos de intervención ambiental: la autorización ambiental integrada debe renovarse cada 4 años.
Obtención Certificaciones ISO 14.001 y 50.001
Por lo que, tanto en los casos de instalaciones con emisiones CO2 > 25.000 TM/año, obligadas a permanecer en el Regimen de Comercio de Derechos de Emisión como en el caso de encontrarse entre las instalaciones con emisiones CO2 >= 2.500 y < 25.000 TM/año y no haber gestionado la exclusión con anterioridad al 28/02/2019 y, por tanto, estar igualmente obligadas a la gestion de los derechos de Emisión ofrecemos un servicio de asesoramiento.
Si, por el contrario, se gestiono en plazo la exclusión por lo que la instalación no tiene la obligatoriedad de gestionar los Derechos de Emisión sigue siendo igualmente posible la misma como un compromiso inequívoco con los objetivos de Desarrollo Sostenible incluidos en la Agenda 2030. Una agenda que propone una prosperidad económica compartida, el desarrollo social y la protección ambiental para todos los países y en la que todos podemos sentirnos partícipes.
Cualquier acción en este sentido por parte de las corporaciones es percibida de manera muy positiva por la sociedad como una acción que conecta con la Responsabilidad Social Corporativa, RSC.
El cálculo de la huella de carbono tambien tiene otros beneficios de los que ya te hablabamos en una entrada de blog que puedes consultar pinchando AQUÍ
En todos los casos, prestamos servicios de asesoramiento en el mercado de emisiones de CO2 y en el cálculo de la huella de carbono.
Si estas interesado, Contáctanos
Si deseas recibir más información sobre nuestros servicios para hacer que tu empresa se energéticamente más eficiente ponte en contacto con nosotros a través del boletín de contacto de nuestra web o bien llamando al 692 03 63 48 o enviando un correo a admin@igex.es